jueves, 20 de agosto de 2009

Resumen de la 2da semana de clases

Obligacion Tributaria
Surge entre el estado en las distintas expresiones del poder público y los sujetos pasivos, en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en la ley, los sujetos que intervienen son el activo que es el ente acreedor del tributo y el pasivo es el contribuyente o responsable, dentro de esto es importante el hecho imponible que es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya realización origina la obligación tributaria.
Estructura Organizacional Tributaria
Todas la leyes de carácter fiscal, tienen un sujeto activo y uno pasivo, como nos los dice el artículo 18 del Código Orgánico Tributario (COT): Es sujeto activo de la obligación tributaria el ente público acreedor del tributo. Artículo 19: Es sujeto pasivo el obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsable.Son contribuyentes los sujetos pasivos respecto de los cuales se verifica el hecho imponible.Art. 22 COTResponsables son los sujetos pasivos que, sin tener el carácter de contribuyentes, deben por disposición expresa de la ley, cumplir las obligaciones atribuidas a los contribuyentes Art. 25 COT.
Se pagan tributos siempre y cuando exista un hecho imponible.
-Hecho Imponible (Art. 36 COT): es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo, y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.
-Base Imponible: base de cálculo para el tributo, alícuota que se establece para el tributo.
-Materia Imponible: hecho de realidad sobre el que recae el tributo
-Exención y Exoneración (Art. 73 COT): es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria otorgada por la ley. Exoneración es la dispensa total o parcial del pago la obligación tributaria concedida por el Poder Ejecutivo en los casos autorizados por la ley.
Medios de Extinción de la Obligación Tributaria
-Pago: es una forma clásica de extinción, definida en el artículo 40 del COT. Cuando se deja de pagar o es un pago retrasado se genera un ilícito material.
-Compensación: el modo de extinguir las obligaciones vencidas entre personas que son recíprocamente acreedoras y deudoras.
-Confusión: se podría decir que es cuando el acreedor se convierte en el mismo deudor. Activo y pasivo simultáneamente.-Remisión: cuando es condonada la obligación tributaria por ley especial.
-Declaratoria de Incobrabilidad: la Administración Tributaria podrá de oficio, de acuerdo al procedimiento previsto en el COT, declarar incobrables las obligaciones tributarias y sus accesorios y multas conexas expresadas en el artículo 55 del COT.
-Prescripción: la prescripción es un medio de adquirir un derecho o de libertarse de una obligación por el lapso de tiempo y bajo las condiciones determinadas por la ley (Articulo 1952 del Código Civil.)
La mora: El sujeto pasivo entra en mora cuando no paga sus obligaciones tributarias en el tiempo que le corresponde según lo establecido en la ley, sin necesidad de ser requerido por la administración tributaria.

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