viernes, 21 de agosto de 2009

Resumen de la 6ta semana de clases ISLR; IVA

ISLR IMPUESTO SOBRE LA RENTA

El Impuesto sobre la Renta (ISLR) es un Impuesto que se le paga al estado venezolano (a través del Seniat) sobre las ganancias obtenidas en el año fiscal.
Según el Artículo 156 de la constitución Nacional; es de la competencia del Poder Público Nacional:
Ordinal 12: La creación, organización, recaudación, administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas; de los gravámenes
a la importación y exportación de bienes y servicios; de los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco; y de los demás impuestos, tasas y rentas no atribuidas a los Estados y Municipios por esta Constitución o por la ley.
Según la ley de I.S.L.R.:
Artículo 1°. Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en esta ley.
Salvo disposición en contrario de la presente ley, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingresos esté situada dentro del país o fuera de él. Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en Venezuela estarán sujetas al impuesto establecido en esta Ley

Ventajas del I.S.L.R.:

1.- Es un impuesto productivo: produce un alto rendimiento
2.- El aumento de su alícuota puede aumentar sus ingresos sin la necesidad de crear nuevos gravámenes
3.- Adaptación a los objetivos de justicia social: deducciones personales, progresividad, discriminación de la fuente de ingreso.

Dificultades:
1.- Obstaculiza el ahorro y la capitalización: mas produce mas paga.
2.- Inflación: funciona adecuadamente cuando la moneda esta estable funciona de manera adversa cuando existe inflación, debido a que las ganancias obtenidas se deben principalmente a la depreciación de la moneda.
3.- Fuga de capitales: sistema económico-solidaridad comunitaria.
4.- Exageración de la progresividad.
5.- Complejidad del impuesto: a medida que se perfecciona el impuesto y se trata de volverse lo mas equitativa posible, sus normas se vuelven mas complejas.
6.- Costo excesivo en la recaudación: aunque con la modernización de los órganos encargados de los tributos, se ha logrado reducir significativamente los costos de recaudación, control y fiscalización.
7.- Estimula la evasión fiscal.

PRINCIPIOS
Salvo disposición en contrario de la presente Ley, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en la República Bolivariana de Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingresos esté situada dentro del país o fuera de él. Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela estarán sujetas al impuesto establecido en esta Ley siempre que la fuente o la causa de sus enriquecimientos esté u ocurra dentro del país, aun cuando no tengan establecimiento permanente o base fija en la República Bolivariana de Venezuela.
Las personas naturales o jurídicas domiciliadas o residenciadas en el extranjero que tengan un establecimiento permanente o una base fija en el país, tributarán exclusivamente por los ingresos de fuente nacional o extranjera atribuibles a dicho establecimiento permanente o base fija.
De la norma anteriormente descrita, se desprenden los siguientes principios:
Principio del enriquecimiento neto.
Es todo incremento de patrimonio obtenido en dinero o en especie, que se obtiene sustrayéndole a los ingresos brutos los costos y deducciones permitidas por la Ley de (ISLR). Asimismo, forma parte del enriquecimiento neto, el resultado obtenido de la aplicación del Sistema de Ajuste por Inflación en aquellos contribuyentes sometidos obligatoriamente al mismo.
Este principio implica que la Ley de (ISLR) gravará solamente el incremento patrimonial neto que genere el sujeto, bien sea persona natural o personajurídica.
Principio de anualidad.
Este consagra que todo enriquecimiento que va a ser objeto para la determinación o liquidación del impuesto debe ser obtenido a un período anual, nunca podrá ser menor a doce (12) meses, ya que esto es lo que va a determinar el momento en que se inicia y culmina el respectivo ejercicio económico – fiscal del contribuyente, salvo lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento de la Ley de (ISLR), en el cual, el primer ejercicio podrá ser menor al iniciar operaciones o en el último cuando termine la actividad económica de la empresa.
Asimismo, los contribuyentes personas jurídicas podrán optar por el año civil o bien, el ejercicio económico que más se adecue, puesto que esto va a depender de la naturaleza de su negocio y al carácter estacional que puedan tener sus ingresos. Cabe destacar que una vez fijado éste no se podrá modificar a menos que la Administración Tributaria se lo autorice previa solicitud motivada, tal y como lo dispone el Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta:
El ejercicio anual gravable es el período de doce meses que corresponde al contribuyente.Quienes se dediquen a realizar actividades comerciales, industriales o de servicios podrán optar entre el año civil u otro período de doce meses elegido como ejercicio gravable. El ejercicio de tales contribuyentes puede empezar en cualquier día del año, pero una vez fijado no podrá variarse sin previa autorización del funcionario competente de la Administración de Hacienda del domicilio del contribuyente. El primer ejercicio podrá ser menor de un año. En todos los demás casos, los obligados a presentar declaración tendrán por ejercicio gravable el año civil. Por otra parte, si se trata de contribuyentes personas naturales su ejercicio gravable será el año civil.
Principio de autonomía del ejercicio.
Este principio establece que para efectos de la determinación de la obligación tributaria del ejercicio fiscal deben imputarse sólo los ingresos, costos y gastos que hayan tenido causación u origen dentro del ejercicio que se está declarando, con excepción de lo establecido en el Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta.
Principio de disponibilidad.
Se refiere a la oportunidad en el cual los enriquecimientos obtenidos por un contribuyente serán objeto de declaración a los fines de la determinación del impuesto y a este respecto, la Ley de Impuesto sobre la Renta prevé tres circunstancias de hecho previstas en su artículo 5, como sigue:
Los enriquecimientos provenientes de la cesión del uso o goce de bienes, muebles o inmuebles, incluidos los derivados de regalías y demás participaciones análogas y los dividendos, los producidos por el trabajo bajo relación de dependencia o por el libre ejercicio de profesiones no mercantiles, la enajenación de bienes inmuebles y las ganancias fortuitas, se considerarán disponibles en el momento en que son pagados. Los enriquecimientos que no estén comprendidos en la enumeración anterior, se considerarán disponibles desde que se realicen las operaciones que los producen, salvo en las cesiones de crédito y operaciones de descuento, cuyo producto sea recuperable en varias anualidades, casos en los cuales se considerará disponible para el cesionario el beneficio que proporcionalmente corresponda.


¿Quiénes Están Obligados a Declarar?

Estos sujetos se dividen en dos grupos:
1.
a) Personas Naturales y Asimilados: Están obligados a declarar y pagar, todas las personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que hayan obtenido durante el ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a mil unidades tributarias (1.000 U.T.) o ingresos superiores a mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.). De igual manera están obligados las personas naturales que han obtenido ingresos brutos superiores a dos mil seiscientos veinticinco unidades tributarias (2.625 U.T.), los cuales se deriven únicamente de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel primario, salvo lo dispuesto en el Decreto de Exoneración N° 838 del 31/05/2000. Las personas naturales que tengan base fija en el territorio nacional, están obligadas a presentar declaración definitiva conforme a los enriquecimientos obtenidos dentro y fuera del país atribuible a dicha base fija, en caso de la personas naturales no residentes, están obligados al cumplimiento de este deber formal cualquiera que sea el monto de sus enriquecimientos.
2. b) Personas Jurídicas y Asimilados: Al igual que las personas naturales, las personas jurídicas incluyendo a las que se dedican a actividades mineras y de hidrocarburos, están obligadas a presentar declaración definitiva por los enriquecimientos netos o pérdidas que obtengan durante el ejercicio.


IVA IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

El IVA es un impuesto indirecto sobre el consumo, es decir financiado por el consumidor final. Un impuesto indirecto es el impuesto que no es percibido por el fisco directamente del tributario. El IVA se debe cobrar por las empresas obligadamente en el momento de toda venta de productos (transferencia de bienes y servicios). Las empresas tienen el derecho de hacerse reembolsar el IVA que ellos han pagado a otras empresas en compras efectuadas a cambio de facturas (crédito fiscal), restándolo del monto de IVA cobrado a sus clientes (débito fiscal), debiendo entregar la diferencia al fisco. Los consumidores finales tienen la obligación de pagar el IVA sin derecho a reembolso, lo que es controlado por el fisco obligando a la empresa de entregar boletas de venta al consumidor final e integrar copias de estas a la contabilidad de la empresa.
Según el artículo 1 de la Ley del IVA:
“El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto que grava la enajenación de bienes muebles, la prestación de servicios y la importación de bienes, que se aplica en todo el territorio nacional y que deberán pagar las personas naturales o jurídicas, las comunidades, las sociedades irregulares o de hecho, los consorcios y demás entes jurídicos o económicos, públicos o privados, que en su condición de importadores de bienes, habituales o no, de fabricantes, productores, ensambladores, comerciantes y prestadores de servicios independientes, realicen las actividades definidas como hechos imponibles en la respectiva ley.”

El IVA es un impuesto de consumo y se considera indirecto porque quien lo cancela al final no es quien lo declara, es decir, lo paga el consumidor final, ya que el fisco lo recauda a través de la cadena de comercialización.

La ley del I.V.A, clasifica a los contribuyentes en:
Contribuyentes Ordinarios: serán aquellos contribuyentes que realicen importaciones habituales de bienes, industriales, comerciantes, prestadores de servicio y, en general toda persona natural o jurídica que realice las actividades, negocios jurídicos u operaciones que constituyen hechos imponibles, igualmente el monto de sus operaciones debe superen las tres mil unidades tributarias, además de tener en cuenta los Decretos, Resoluciones y Providencias, establecidas en ley.
Contribuyentes Ocasionales: son los importadores no habituales de bienes muebles corporales. Es importante resaltar que estos contribuyentes deberán pagar el I.V.A en la aduana, sin que se generen créditos fiscales al respecto. En consecuencia este se asume como un costo.
Contribuyentes Formales: son aquellos sujetos que realizan principalmente actividades u operaciones exentas o exoneradas del I.V.A. Estos contribuyentes están obligados a cumplir con las disposiciones establecidas en la ley y la Providencia.

A continuación conoceremos algunos términos que debemos conocer para el estudio del tema del impuesto al valor agregado:
Hechos Imponibles: se considera hecho imponibles aquellos cuando ocurren, nace la deuda u obligación a favor del fisco. Ellos según la Ley: las ventas, la importación de bienes y servicios y la prestación de servicios.
Ventas: es la transmisión de la propiedad de los bienes muebles realizada a título oneroso (sea a cambio de dinero o por otro bien), cualquiera sea la calificación que le otorguen los interesados, así como las ventas con reserva de dominio.
Servicios: cualquier actividad independiente en la que sean principales las obligaciones de hacer. También se consideran servicios los contratos de obras mobiliarias e inmobiliarias, incluso cuando el contratista otorgue los materiales; los suministros de agua, electricidad, teléfono y aseo; los arrendamientos de bienes muebles, los arrendamientos de bienes inmuebles con fines distintos al residencial y cualquier otra cesión de uso a título oneroso, de tales bienes o derechos.
Base Imponible: es el precio a que se vende el bien o servicio y sobre el cual se calcula el impuesto.
Débito Fiscal: es el impuesto facturado por el contribuyente al momento de realizar la venta de bienes y/o servicios.
Crédito Fiscal: es el impuesto que soportan los contribuyentes ordinarios al realizar una compra de los bienes y servicios, y es recaudado por el contribuyente cuando realiza las cuentas y factura los débitos.
Cuota Tributaria: es el monto que se obtiene como resultado de restarle a los débitos fiscales los créditos fiscales.
Excedentes de Créditos Fiscales: se da cuando una vez que se deducen los débitos fiscales, los créditos fiscales, estos últimos resultan mayores. Por lo que la empresa debe cancelar la diferencia.

Resumen de la 5ta semana de clases, y exposicion del grupo de nosotros( grupo Nº 8)

Los recursos tributarios son medios de defensa que los contribuyentes pueden utilizar cuando consideren que un acto que el Estado le esté imputando no se está dando de la manera apropiada. A estos actos se les conoce como actos administrativos y se refieren a una expresión de voluntad de la Administración Pública. Un acto administrativo es nulo cuando: lo estipule la ley, se hayan creado derechos particulares legales a raíz de una decisión de la jurisprudencia, su contenido sea de ilegal ejecución y si hubieren sido dictados por autoridades incompetentes o prescindiendo de algún requisito establecido por la ley (LOPA, Art 18 y 19; C.O.T, Art 240).
Los recursos tributarios son:

1. Recurso jerárquico: es una impugnación de un acto administrativo ante un superior jerárquico del órgano que dictó el acto. El recurso jerárquico tiene que ser impugnado por quien tenga interés legitimo, personal y directo, definido “como aquel que no es contrario a derecho, y en segundo lugar, como aquel que se deriva de una especial situación de hecho en la que se encuentra el administrado frente al acto que lo haga objeto de sus efectos”. (Moya Millán, 2006, p. 487)
Según el C.O.T (Art 245 - 247), éste recurso deberá interponerse ante la oficina que emanó el acto en un lapso de 25 días hábiles después de su notificación; la impugnación suspende los efectos del acto, a menos de que se trate de sanciones previstas en una ley tributaria (Clausura de locales, retención de mercaderías, etc.), pero persiste el deber de pagar la porción no objetada. La Administración Tributaria admitirá el recurso jerárquico dentro de los tres días hábiles siguientes al vencimiento de la interposición a menos de que el recurso sea inadmisible; en caso de que lo admita, se establece un lapso probatorio para esclarecer los hechos, y terminado éste, la Administración Tributaria contará con un lapso de 60 días hábiles para decidir el recurso. Si no hay apelación, la persona tiene la opción de utilizar otro recurso para atender el mismo problema.

2. Recurso de revisión: es una impugnación de un acto administrativo, en el cuál se le solicita a la corte que dictó la sentencia que repase el expediente en caso de que aparezcan pruebas que no estaban disponibles al momento de su tramitación, cuando en la decisión hayan influido testimonios o documentos declarados como falsos o que ésta haya sido adoptada incurriéndose en fraude. Éste será decidido durante los 30 días después de trascurrido el lapso de admisión del mismo, es decir, los tres meses siguientes a la sentencia. (C.O.T, Art 256 – 258).

3. Recurso contencioso tributario: Es un recurso o medio por el cual se impugna por vía jurisdiccional de los Actos de la Administración Tributaria de efectos particulares que lesionan derechos personales y directos. Se establece por escrito ante el Tribunal competente, directamente o por medio de un juez. Es un proceso contencioso de anulación y de plena jurisdicción, ya que el Juzgador no solo se limita a anular el acto recurrido si es procedente, también conoce a fondo el caso y lo puede anular, modificar o reformar. Éste recurso deberá interponerse ante la oficina que emanó el acto o ante un tribunal competente en un lapso de 25 días hábiles después de su notificación o del vencimiento del lapso previsto para decidir el recurso jerárquico; la impugnación suspende no los efectos del acto impugnado, pero si parcial o totalmente los efectos del acto recurrido y, además, persiste el deber de pagar de la porción no suspendida ni objetada.


TEORIA GENERAL DEL DERECHO TRIBUTARIO ( exposicion Grupo 8)
Es el conjunto normas jurídicas que se refiere a los tributos, reglamentándolos en sus diversas formas. También se pudiera decir que el derecho fiscal o tributario es una rama autónoma del derecho público que estudia el conjunto de normas y principios que el Estado utiliza para ejercer su poder tributario, es decir, para recaudar ingresos a partir de la contribución de los particulares para la satisfacción de las necesidades colectivas.

Fuentes del Derecho Tributario
Según el Art. 2 del C.O.T. constituyen fuentes del derecho Tributario:
1. Las disposiciones constitucionales.

2. Los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados por las República.

3. Las leyes y los actos con fuerza de ley.

4. Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto.


Principios del derecho tributario

1. De legalidad: deberá estar establecido en la ley.

2. Generalidad: toda persona dentro del territorio venezolano tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de los impuestos, establecidos en ley.

3. Igualdad: el impuesto debe aplicarse de igual forma para todos los contribuyentes, ya que todos somos iguales ante la ley.

4. Progresividad: a mayor ingreso mayor impuesto.

5. De la confiscatoriedad: los tributos pueden ser confiscados en caso de que sea de manera sustancial, es decir, que si se tiene un bien que valga lo mismo que se debe, éste le puede ser confiscado como forma de otorgar un plazo o prórroga para el pago del tributo; en el caso de que no se cancele, se pierde la propiedad del bien.

6. No retroactividad: en el caso de que se decrete una nueva ley que modifique una ya implementada, ésta nueva modificará casos presentes y futuros; y en los casos penales del pasado, se les aplicará la nueva ley si ésta no afecta al inculpado.

7. De la justicia tributaria: todas las personas tienen el deber de cancelar los tributos que se le atribuyan.

8. La prohibición del tributo pagadero a servicio

9. De la existencia de un término para que pueda aplicarse el tributo.

EL TRIBUTO
El tributo, contribución o ingreso tributario es el vínculo jurídico en virtud del cual el Estado, actuando como sujeto activo, exige a un particular, denominado sujeto pasivo, el cumplimiento de una prestación pecuniaria, excepcionalmente en especie

Clasificación de los Tributos

Los tributos se clasifican en:
- Impuesto
- Tasas
- Contribuciones Especiales


Impuesto: tributo, carga o exacción de carácter fiscal que el Estado impone a los contribuyentes para obtener ingresos con que financiar los denominados servicios públicos.Estos pueden ser:

a) Impuestos Directos: modalidad impositiva que grava la renta o patrimonio cuando son generados.
Los Tributos Directos se sub-clasifican en:
Impuestos Reales, no toman en cuenta la capacidad económica o elementos personales del contribuyente, ejemplo su nacionalidad, sexo, estado civil, entre otros.
Impuestos Personales, aquellos impuestos en los que la determinación se efectúa con participación directa del contribuyente, ejemplo declaraciones juradas, del impuesto sobre la Renta.

b) Impuestos Indirectos: modalidad impositiva que grava la renta o patrimonio cuando son gastados.

c) Proporcionales: mantiene una relación entre su cuantía y el valor de la riqueza gravada.

d) Progresivo: el monto del impuesto aumenta en la medida que aumenta la riqueza del contribuyente.

Formas de Traslación o Efectos Económicos de los Impuestos
Pro-Traslación: o traslación hacia adelante, es el caso en el cual el comerciante transfiere la carga impositiva al consumidor mediante el aumento de los precios.
Retro-Traslación: o traslación hacia atrás, es el caso cuando un comerciante compra una mercancía al mayorista y logra que este le haga una reducción del precio en compensación con el impuesto.
Oblicua o Lateral: cuando el contribuyente de derecho transfiere la carga impositiva a sus compradores o proveedores de bienes diferentes a aquellos que fueron gravados con el impuesto.


Tasas: Son el tributo cuya obligación está vinculada jurídicamente a determinadas actividades del Estado, relacionadas directamente con el contribuyente.
Se clasifican en:

a) Tasa Judiciales:

-De Jurisdicción Civil Contenciosa (aranceles judiciales, se encuentra derogado actualmente).

-De Jurisdicción Civil Voluntaria.

- De Jurisdicción Penal.

b) Tasas Administrativas:

-Por Concesión y Legalización de documentos y certificaciones.

-Por Controles, Fiscalizaciones, Inspecciones oficiales.

-Por autorizaciones, concesiones y licencia.

-Por inscripción en el Registro Público.

-Por Actuaciones Administrativas en General.

Contribuciones Especiales: Prestación obligatoria debida en razón de beneficios individuales o de grupos sociales, derivados de la realización de obras públicas.


Resumen de la 4ta semana de clases

Ilícito Tributario
Un ilícito tributario es toda acción u omisión que ocasione el incumplimiento de una obligación tributaria o la violación de las normas tributarias.El ilícito tributario engloba todas las conductas antijurídicas dentro del ámbito tributario, con lo cual se evita, de inicio su separación en los delitos, su figura propia dentro del ámbito penal e infracciones administrativas. Configura el género de conductas que por la acción u omisión derivan en el incumplimiento de las obligaciones o deberes tributarios y en la regulación de sus sanciones.
Según el Artículo 80 del COT: Constituye ilícito tributario toda acción u omisión violatoria de las normas tributarias.
Los ilícitos tributarios se clasifican:
1. Ilícitos formales: en estos se sanciona el incumplimiento de alguno de los siguientes deberes formales del individuo:
a) Inscribirse en los registros exigidos por las normas tributarias respectivas;
b) Emitir o exigir comprobantes;
c) Llevar libros o registros contables o especiales;
d) Presentar declaraciones y comunicaciones;
e) Permitir el control de la administración tributaria;
f) Informar y comparecer ante la Administración tributaria;
g) Acatar las órdenes de la Administración tributaria, dictadas en uso de sus facultades legales; y h) Cualquier otro deber contenido en este Código, en las leyes especiales, sus reglamentaciones o disposiciones generales de organismos competentes. (C.O.T, Art 99).
2. Ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas: de acuerdo con el artículo 108 del C.O.T, éste tipo de ilícitos son aquellos originarios de la producción, industrialización, comercialización o circulación de especies gravadas (alcohol o tabaco) sin tener o haber renovado la autorización respectiva de la Administración tributaria, que se den en territorio nacional cuando correspondían a zonas francas (con baja imposición fiscal), que no cumplan con los requisitos legales para su elaboración o se presenten sin las guías, documentos, etiquetas, exigidos por la ley o que éstos sean falsos, o bien, aquellas especies fiscales de circulación lícita sin la correspondiente autorización.
3. Ilícitos materiales: se refieren a la falta de pago del contribuyente, bien sea por retraso, omisión, del pago de los tributos o de los anticipos, por dejar de percibir o retener una obligación o por obtener reintegros o devoluciones indebidas.
4. Ilícito sancionado con pena restrictiva de libertad: se refieren a la defraudación tributaria (fraude al Fisco Nacional con la obtención de un beneficio para si o de un tercero), falta de enteramiento de anticipos por parte de los agentes de retención o percepción y a la divulgación o uso indebido de información confidencial de terceros que pueda afectar su posición competitiva. El incumplimiento de estos deberes será sancionado con penas pecuniarias y restrictivas de libertad de acuerdo a lo establecido en el C.O.T desde su artículo 115 al 120. Es importante resaltar que los dos primeros ilícitos mencionados en esta subdivisión no prescriben pero el tercero, prescribe por el trascurso de un tiempo igual al de la condena (C.O.T, Art 58).Entonces, de acuerdo con esto se tiene que las sanciones que serán aplicadas, bien sea por a Administración tributaria o por un órgano judicial competente, en el caso de que sean penas restrictivas de libertad, son: prisión, multa, comiso y destrucción de los efectos materiales objeto del ilícito o utilizados para cometerlo, clausura temporal del establecimiento, inhabilitación para el ejercicio de oficios y profesionales y suspensión o revocación del registro y autorización de industrias y expendios de especies gravadas y fiscales.
De la extinción
Artículo 83: Son causas de extinción de las acciones por ilícitos tributarios:
1. La muerte del autor principal extingue la acción punitiva, pero no extingue la acción contra coautores y partícipes. No obstante, subsistirá la responsabilidad por las multas aplicadas que hubieren quedado firmes en vida del causante.
2. La amnistía.
3. La prescripción.
4. Las demás causas de extinción de la acción tributaria conforme a este Código.
Sobre quienes no recaen
Artículo 85: Son circunstancias que eximen de responsabilidad por ilícitos tributarios:
1. El hecho de no haber cumplido 18 años.
2. La incapacidad mental debidamente comprobada.
3. El caso fortuito y la fuerza mayor.
4. El error de hecho y de derecho excusable.
5. La obediencia legítima y debida.
6. Cualquier otra circunstancia prevista en las leyes y aplicables a los ilícitos tributarios.Una de las características de los ilícitos es que las sanciones se van a incrementar dependiendo de la cuantía y concurrencia, son progresivas.
Dentro del estudio del tema de los ilícitos tributarios debemos tener claro los siguientes términos:
Elusión: La elusión fiscal o elusión tributaria es una figura consistente en no pagar determinados impuestos que aparentemente debería abonar, amparándose en subterfugios o resquicios legales, no previstos por el legislador al momento de redactar la ley. Esta situación puede producir como consecuencia de deficiencias en la redacción de la ley o bien porque sus autores no han previsto efectos no deseados al entrar en juego con el resto de las normas tributarias. No es sancionado.
Evasión: La evasión fiscal o evasión tributaria o evasión de impuestos es una figura jurídica consistente en el impago voluntario de tributos establecidos por la ley. Es una actividad ilícita y habitualmente está contemplado como delito o como infracción administrativa en la mayoría de los ordenamientos y si es sancionado.

jueves, 20 de agosto de 2009

Resumen de la 3ra semana de clases

Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria "SENIAT"

El SENIAT fue creado el 10 de agosto de 1994 mediante la fusión de las aduanas de Venezuela Servicio Autónomo (AVSA) y el Servicio Nacional de Administración Tributaria (SENAT) para dar paso a lo que actualmente tenemos, con objetivos de aumentar la recaudación y promover e impulsar la cultura tributaria para el mayor cumplimiento de las mismas. Es el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria organismo del estado central venezolana que se encarga de recolectar los tributos que tienen aplicación en el nivel nacional. La estructura organizativa del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) está conformada por las funciones del nivel directivo que a su vez se divide en un nivel normativo y un nivel operativo. La estructura organizativa y funcional será decidida y establecida por el Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, y publicado en la Gaceta Oficial.Es el organismo del Estado central venezolano que se encarga de recolectar los impuestos, tales como I.S.L.R., IVA y todos los demás que tienen aplicación nacional.
Algunas de las actividades generales de la Administración Tributaria son:
-Recaudar los tributos, intereses, sanciones y otros accesorios.
-Ejecutar los procedimientos de verificación y de fiscalización y determinación paraconstatar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones de carácter tributario porparte de los sujetos pasivos del tributo.
-Liquidar los tributos, intereses, sanciones y otros accesorios, cuando fuere procedente.
-Asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias solicitando de los órganosjudiciales, las medidas cautelares, coactivas o de acción ejecutiva.
-Adoptar las medidas administrativas de conformidad con las disposiciones establecidas en el COT.
-Inscribir en los registros, de oficio o a solicitud de parte, a los sujetos que determinen lasnormas tributarias y actualizar dichos registros de oficio o a requerimiento del interesado.
-Diseñar e implantar un registro único de identificación o de información que abarque todoslos supuestos exigidos por las leyes especiales tributarias.
-Establecer y desarrollar sistemas de información y de análisis estadístico, económico ytributario.
-Proponer, aplicar y divulgar las normas en materia tributaria.Y otros mejor expresados en el artículo 121 del COT.
Facultades de la Administración Tributaria
1.Practicar fiscalizaciones las cuales se autorizarán a través de providencia administrativa.Dichas fiscalizaciones podrán efectuarse de manera general sobre uno o varios períodosfiscales o de manera selectiva sobre uno o varios elementos de la base imponible.
2.Realizar fiscalizaciones en sus propias oficinas, a través del control de las declaracionespresentadas por los contribuyentes y responsables, conforme al procedimiento previsto eneste Código, tomando en consideración la información suministrada por proveedores ocompradores, prestadores o receptores de servicios, y en general por cualquier tercerocuya actividad se relacione con la del contribuyente o responsable sujeto a fiscalización.
3.Exigir a los contribuyentes, responsables y terceros la exhibición de su contabilidad ydemás documentos relacionados con su actividad, así como que proporcionen los datos oinformaciones que se le requieran con carácter individual o general.
4.Requerir a los contribuyentes, responsables y terceros para que comparezcan antes susoficinas a dar contestación a las preguntas que se le formulen o a reconocer firmas,documentos o bienes.
5.Practicar avalúo o verificación física de toda clase de bienes, incluso durante su transporte,en cualquier lugar del territorio de la República.
6.Recabar de los funcionarios o empleados públic os de todos los niveles de la organizaciónpolítica del Estado, los informes y datos que posean con motivos de sus funciones.
7.Retener y asegurar los documentos revisados durante la fiscalización, incluidos losregistrados en medios magnéticos o similares y tomar las medidas necesarias para suconservación. A tales fines se levantará acta en la cual se especificarán los documentosretenidos.
8.Requerir copia de la totalidad o parte de los soportes magnéticos, así como informaciónrelativa a los equipos y aplic aciones utilizados, características técnicas del hardware osoftware, sin importar que el procesamiento de datos se desarrolle a través de equipospropios o arrendados o que el servicio sea prestado por un tercero.
9.Utilizar programas y utilidades de aplic ación en auditoría fiscal que faciliten la obtención dedatos contenidos en los equipos informáticos de los contribuyentes o responsables y queresulten necesarios en el procedimiento de fiscalización y determinación.
10.Adoptar las medidas administrativas necesarias para impedir la destrucción, desaparición oalteración de la documentación que se exija conforme las disposiciones de este Código,incluidos los registrados en medios magnéticos o similares, así como de cualquier otrodocumento de prueba relevante para la determinación de la Administración Tributaria,cuando se encuentre éste en poder del contribuyente, responsables o terceros.Y las demás expresadas en el artículo 127 del COT.
Resguardo Nacional
El SENIAT cuenta con un cuerpo auxiliar, representado por la Guardia nacional, que recibe el nombre del Resguardo Nacional Tributario, el cual, conforme con la ley, le ayudará a impedir, investigar y perseguir los ilícitos tributarios, y cualquier acción u omisión violatoria de las normas tributarias, que le impidan llevar a cabo o cumplir con sus funciones.Según Artículo 140 del COT: El Resguardo Nacional Tributario tendrá el carácter de cuerpo auxiliar y de apoyo de la Administración Tributaria respectiva, para impedir, investigar y perseguir los ilícitos tributarios y cualquier acción u omisión violatoria de las normas tributarias.El Resguardo Nacional Tributario será ejercido por la Fuerza Armada Nacional por órgano de la Guardia Nacional, dependiendo funcionalmente, sin menoscabo de su naturaleza jurídica, del despacho de la máxima autoridad jerárquica de la Administración Tributaria respectiva.

Resumen de la 2da semana de clases

Obligacion Tributaria
Surge entre el estado en las distintas expresiones del poder público y los sujetos pasivos, en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en la ley, los sujetos que intervienen son el activo que es el ente acreedor del tributo y el pasivo es el contribuyente o responsable, dentro de esto es importante el hecho imponible que es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya realización origina la obligación tributaria.
Estructura Organizacional Tributaria
Todas la leyes de carácter fiscal, tienen un sujeto activo y uno pasivo, como nos los dice el artículo 18 del Código Orgánico Tributario (COT): Es sujeto activo de la obligación tributaria el ente público acreedor del tributo. Artículo 19: Es sujeto pasivo el obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsable.Son contribuyentes los sujetos pasivos respecto de los cuales se verifica el hecho imponible.Art. 22 COTResponsables son los sujetos pasivos que, sin tener el carácter de contribuyentes, deben por disposición expresa de la ley, cumplir las obligaciones atribuidas a los contribuyentes Art. 25 COT.
Se pagan tributos siempre y cuando exista un hecho imponible.
-Hecho Imponible (Art. 36 COT): es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo, y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.
-Base Imponible: base de cálculo para el tributo, alícuota que se establece para el tributo.
-Materia Imponible: hecho de realidad sobre el que recae el tributo
-Exención y Exoneración (Art. 73 COT): es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria otorgada por la ley. Exoneración es la dispensa total o parcial del pago la obligación tributaria concedida por el Poder Ejecutivo en los casos autorizados por la ley.
Medios de Extinción de la Obligación Tributaria
-Pago: es una forma clásica de extinción, definida en el artículo 40 del COT. Cuando se deja de pagar o es un pago retrasado se genera un ilícito material.
-Compensación: el modo de extinguir las obligaciones vencidas entre personas que son recíprocamente acreedoras y deudoras.
-Confusión: se podría decir que es cuando el acreedor se convierte en el mismo deudor. Activo y pasivo simultáneamente.-Remisión: cuando es condonada la obligación tributaria por ley especial.
-Declaratoria de Incobrabilidad: la Administración Tributaria podrá de oficio, de acuerdo al procedimiento previsto en el COT, declarar incobrables las obligaciones tributarias y sus accesorios y multas conexas expresadas en el artículo 55 del COT.
-Prescripción: la prescripción es un medio de adquirir un derecho o de libertarse de una obligación por el lapso de tiempo y bajo las condiciones determinadas por la ley (Articulo 1952 del Código Civil.)
La mora: El sujeto pasivo entra en mora cuando no paga sus obligaciones tributarias en el tiempo que le corresponde según lo establecido en la ley, sin necesidad de ser requerido por la administración tributaria.

Resumen de la 1ra semana de clases

Hacienda Pública
La Hacienda Pública, representa el conjunto de bienes pertenecientes al Estado con su consecuente administración.La Hacienda Pública es considerada como persona jurídica conocida también como Administración Fiscal o Fisco, es la encargada de determinar la forma como se constituye y administra el patrimonio público. Esta comprende las bienes, rentas y deudas que forman el activo y pasivo de la nación y todos los demás bienes y rentas que están bajo la administración del Poder Nacional.La idea principal de la Hacienda Pública es obtener recursos y administrar los mismos para atender las necesidades públicas.
De acuerdo con el artículo 236, numeral 11º de la Constitución de la República de Venezuela, la administración de la hacienda pública le corresponde al Ejecutivo Nacional; quién se encarga además de nombrar a un cuerpo de resguardo nacional, para que se encargue de la custodia de los bienes que constituyen la hacienda pública nacional, así como de auxiliar a los encargados de la administración de aquellos bienes, y a los funcionarios de administración, inspección y fiscalización de las rentas nacionales, al mismo tiempo que deben impedir, perseguir y aprehender el contrabando y cualquier otro fraude a dichas rentas.

Hacienda Pública esta compuesta por varias fases, las cuales son:
Fase de Ingreso Público
Que son los medios económicos, generalmente representados en dinero, el Estado los obtiene de sus propios bienes o actividades o de las rentas o bienes del sector privado destinados a cubrir los gastos del estado y lograr otros fines económicos sociales.
Entre los Ingresos encontramos algunos como:
• Ingresos Corrientes llamados también ordinarios como tasas, contribuciones especiales, impuesto estos a su vez se clasifican en directos que son los impuestos sobre la renta que se cobran anualmente, se llaman directos porque el SENIAT los cobra directamente del contribuyente. Y los impuestos indirectos que se pagan al hacer una compran, ya que el comprador lo paga al vendedor y este posteriormente le pagará al SENIAT.
• Ingresos Extraordinarios que se reciben ocasionalmente, en una circunstancia particular: créditos internos o externos, privatizaciones, etc.
• Ingresos de Capital
• Fuentes Financieras
Fase de la Inversión o Egreso
Que no son más que los gastos públicos, son los destinados a satisfacer necesidades colectivas. Deben ser realizados por una entidad Pública bajo una disposición legal a fin de obtener una utilidad pública. Existen los gastos totales que son las erogaciones de dinero realizadas por el gobierno y que no son recuperables. Los gastos pueden efectuarse con fines corrientes que pueden incluir los gastos en bienes y servicios donde se encuentran incluidos las erogaciones del gobierno a cambio de bienes y servicios, estos pagos se efectúan en forma de sueldos y salarios de los empleados entre otros. También están los gatos de capital que son inversiones para la adquisición de activos de capital fijo, tierra o activo intangibles, entre otros.

Lectura de la revista Visión Gerencial

DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO DE LAS PYMIS Y COOPERATIVAS POR MEDIO DE LAS COMPRAS DEL SECTOR PÚBLICO (MECANISMOS)

Las Políticas Publicas en Venezuela se orientan, entre otros aspectos, a promover y proteger la pequeña y mediana industria, las cooperativas y cualquier y cualquier otra forma de asociación comunitaria. El gobierno ha encontrado en las compras públicas una herramienta para ayudarlas a través de distintos decretos y resoluciones.
El procedimiento para las compras públicas se establece por ley, reglamento o decreto; específicamente la Ley de Licitaciones quien ha sufrido modificaciones en los últimos tiempos para favorecer de alguna manera al sector de las PyMIS, es el instrumento legal que permite efectuar las compras de bienes por parte del estado.

Las compras públicas se realizan de la siguiente manera:

- Licitación selectiva (presupuestos que van entre 1.100UT hasta 11.000UT)
- Licitación general o licitación anunciada internacionalmente (presupuesto superior a 11.000 UT)
- Adjudicación directa ( presupuesto inferior a 1.100UT)
- De acuerdo a las normas de la Banca multilateral (BID y BM).

Con respecto a lo anterior podemos mencionar que para el año 2004 el 51.7% de los contratos respondió a la modalidad de adjudicación directa, el 41.5% a licitación general, el 4.8% a licitación selectiva y el 1.9% a licitación anunciada internacionalmente.

Entre los mecanismos utilizados por parte del gobierno para desarrollar, fortalecer y permitir la sostenibilidad de las PyMIS y cooperativas por medio de las compras públicas tenemos:

- Las ruedas de negocios,
que si bien, no es un instrumento novedoso, se esta usando y ha rendido los fritos esperados en cuanto a pa participación de las PyMIS y cooperativas, lo cual puede incentivar las nuevas industrias.
- Aplicación de Valor Agregado Nacional (VAN) y las preferencias adicionales en el proceso de evaluación, mecanismo que indiscutiblemente viene a favorecer las PyMIS y cooperativas en relación con las empresas de más de 100 trabajadores.
- Preferencias de Anticipos que permite a las PyMIS y las cooperativas a obtener capital de trabajo suficiente para la fabricación de los bienes o servicios ofrecidos.

Anualmente el Estado Venezolano por medio de sus organismos y empresas, destinan elevadas sumas de recursos financieros para la compra de partes, insumos y materias primas, que les permitirán llevar a cabo de manera eficiente sus operaciones, parte de estos recursos, en gran medida, y con las regulaciones de ley, se destinan al fortalecimiento de la PyMIS y cooperativas.
Fuente:
Sánchez, Norma.(2008) Desarrollo y fortalecimiento de las PyMIs y cooperativas por medio de las compras del sector público (mecanismos). Visión Gerencial-Año 2007-Nº 1. [Revista en línea], 197-208. Disponible en: http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/4986 [Consulta: 2009, agosto 15]

Lectura de la revista Visión Gerencial

MEDICION DE LA PERSONALIDAD DE MARCA EN EL MERCADO AUTOMOTRIZ.

Las marcas son un elemento ubicuo de los tiempos modernos; ofrecen valor a los consumidores, al asegurar un nivel de calidad, simplificar un proceso de elección y, al constituirse en los medios para que los individuos consigan metas en su vida privada y publica.

El significado simbólico de las marcas conocido como Personalidad de Marca, puede representar los valores y las creencias culturales de un grupo especifico; ya que una relación consumidor–marca es muy parecida a la relación entre personas. Los consumidores se asocian emocionalmente con sus marcas y piensan en ellas como personas, atribuyéndoles rasgos de personalidad humanos, bien sea por similitud (esta marca se parece a mí) o posesión (esta es mi marca) estableciendo vínculos de personalidad de los individuos y los atribuidos a la marca.

En un estudio efectuado para determinar la personalidad de la marca utilizando un procedimiento en 9 fases, contando con los resultados, con un orden vinculante de estas etapas. Se eligió la ciudad de Maracaibo por ser ésta la cuidad que concentra el mayor numero de concesionarios y el que más vende vehículos nuevos.

Utilizando la cifra de ventas de los últimos tres años como referencia de universo 26.938, se calculo la muestra de 400 individuos.

Se aplico un análisis de confiabilidad vía Alfa de Cronbach obteniéndose las dimensiones de marca: emocionante, pacifico, pasional, sincero. Con sus respectivos rasgos.

Los resultados del estudio sectorial y los llevados a cabo a escala nacional mostraron consistencia entre ellos, lo que indica la posibilidad de obtener dimensiones de personalidad para marcas estadísticamente válidas.

Este hallazgo permite confirmar que, si bien el modelo Aaker no es generalizable mundialmente, estudios nacionales individuales representan un marco teórico y metodológico valido para determinar la personalidad en sectores e incluso marcas específicas.

Desde el punto de vista académico, se abren areas para futuras investigaciones en el tópico de personalidad de marca, ya que los resultados pueden ser profundizados con una selección más amplia de productos y categorías a escala nacional y no tan solo regional como fue este caso. De igual forma, la posibilidad de producir información de mercado estadísticamente valida con un esquema de medición mas expedito, puede permitir estudios sectoriales mas amplios y las correspondientes comparaciones, con el fin de hallar similitud y diferencias en ellos.
Fuente:
Saavedra Torres, José Luis; Urdaneta, Daniel; Pirela, José Luis y Colmenares, Oscar.(2008) Medición de la personalidad de marca en el mercado automotriz. Visión Gerencial-Año 2007-Nº 1. [Revista en línea], 183-196. Disponible en: http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/4986 [Consulta: 2009, agosto 10]

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RELACION EN EL ÁMBITO MACROECONÓMICO ENTRE EL ÍNDICE BURSÁTIL DE CARACAS Y EL PRECIO DEL PETRÓLEO VENEZOLANO.

El mundo moderno se divide entre los países consumidores netos y los países exportadores netos de petróleo, y a su vez, dentro de estos últimos, un determinado numero se agrupan en la OPEP, así mismo, un 60% del mercado mundial se abastece por productores no asociados al organismo antes mencionado.

Venezuela por tener la condición de país exportador neto del recurso petrolero, obtiene sus ingresos públicos esencialmente por los que provienen de la renta petrolera; los otros ingresos, tales como los recaudados por el SENIAT, y los provenientes de las operaciones del banco central de Venezuela (BCV), coadyuvan a soportar el gasto público, pero en menor proporción.

Por el lado macroeconómico de la demanda se explica como a través de las fuerzas de la demanda del gasto publico con repercusión el los salarios públicos y su consumo, y en las inversiones en infraestructuras publicas, podemos explicar con base al modelo de demanda Keynesiana que, la tendencia alcista del IBC(índice bursátil de Caracas), se debe al excedente de liquidez monetaria presente a partir del control de cambio decretado el 21/02/03 pero generado fundamentalmente por los altos precios del petróleo.

Se ha creído necesario que, para contrarrestar los efectos negativos del excedente de liquidez monetaria, una política monetaria de índole restrictiva por parte de BCV, reflejaría una relación positiva entre el IBC y el curso de los precios del petróleo.

El modelo Keynesiano el IBC esta en función del consumo privado, inversión privada, y principalmente el gasto público componentes de la absorción interna incentivados por los ingresos petroleros. Las exportaciones netas, específicamente el saldo de la balanza comercial y la balanza de capitales quedan en las reservas internacionales del BCV. Las divisas son ahorradas allí y se le entregan a PDVSA al tipo de cambio oficial, generando dinero circulante en la economía.

Las reservas internacionales nunca son excedentarias para este fin, pero la nueva ley del BCV permite transferir al gobierno una parte al Fondo Nacional de Desarrollo que son destinados a infraestructura publica y otros ingresos son obtenidos de transferencia de las utilidades cambiarias que nutren el gasto público, además de los créditos públicos aprobados por la asamblea nacional, abultándose el gasto muy superior al presupuesto nacional y generándose más excedente de liquidez monetaria creado por el propio BCV.

En Venezuela, el Ministerio de Finanzas está asumiendo gran parte de las funciones del BCV, dirigiendo la política monetaria creando nuevos entes paramonetarios como son CADIVI que se encarga de determinar cuanto dinero debe haber en las transacciones externas de la economía, el BANDES que financia proyectos con fondos en fideicomiso de PDVSA, y el Banco del Tesoro que acumula recursos del sector públicos y determina posteriormente el circulante monetario.

Esta nueva estructura económica determinara el dinero circulante en la economía y su excedente generara tarde o temprano las tendencias alcistas o bajistas a largo plazo.
Fuente:
Pérez Araujo, Víctor Rafael.(2008) Relación en el ámbito macroeconómico entre Índice Bursátil Caracas y el precio del petróleo venezolano. Visión Gerencial-Año 2007-Nº 1. [Revista en línea], 145-157. Disponible en: http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/4986 [Consulta: 2009, agosto 10]

Lectura de la revista Visión Gerencial

EMPLEO DE LA RED SOCIAL COMO ALTERNATIVA PARA LA OBTENCIÓN DE RECURSOS EN EL PROCESO DE CREACIÓN DE EMPRESAS.

El proceso de creación de las empresas parte de la inquietud del ser humano y su relación con el entorno, el éxito de la actividad empresarial estará entonces condicionado por las actitudes y capacidades del individuo, y por las ventajas y oportunidades que le ofrece el medio.

Una de las limitantes del emprendedor es acceder a los recursos financieros por la excesiva tramitación y las garantías exigidas para su otorgamiento; así el sistema moldea las acciones que de alguna manera el emprendedor realiza en la conformación de su empresa, buscando alternativas para obtención de recursos activando su red social (network) para solventar sus limitaciones; conseguir el apoyo para la obtención de recursos y la asesoría oportuna para su empleo será un reto a asumir. Dentro de este orden de ideas son estudiadas las relaciones personales que posee el emprendedor y como haciendo buen empleo de ellas pudiera consolidar su empresa. Entendiendo como emprendedor aquel individuo que es capaz de reconocer y actuar tras una oportunidad de negocio.

Dado el desarrollo que en Venezuela y, particularmente en el estado Mérida, ha alcanzado la actividad de las tecnologías de la información y comunicación (TIC´s), se puede especular que existen ciertas condiciones que permiten el surgimiento de iniciativas empresariales que pueden ser viables en el tiempo, en el caso de Mérida, se ha formado una estructura importante en este sector que puede potenciar la formación de empresas independientes las cuales pueden contribuir a la diversificación de la economía en la región.

Siendo las TIC´s, el objeto de estudio, se realizaron conversaciones con diferentes actores que participan en el sector, entre los que encuentran, asociaciones de empresarios, representantes de instituciones gubernamentales, educacionales, sobre las características de la red de trabajo que el emprendedor ha utilizado para conformar su empresa y mantenerse en dicha actividad obteniendo los siguientes resultados en cuanto a tamaño, heterogeneidad, densidad y accesibilidad delos recursos.
- Tamaño: con respecto al número de personas que componen la red (contactos) de trabajo un 41.2% poseen mas de 20 personas; el 35.3% poseen entre 15 y 20 personas; el 11.8% entre 5 y 10 personas y el 11.8% menos de 5 personas.
- Heterogeneidad y Densidad: se enfoca en los diversos tipos de personas con quien se cuenta en la red para tratar asuntos de trabajo a saber; familiares, amigos, socios, proveedores, instituciones y otros, con respecto a la densidad el 60% de los emprendedores reporta que sus redes de trabajo se componen de una cantidad de contactos entre sus miembros con quienes el emprendedor intercambia información relacionada con la empresa.
- Accesibilidad de los recursos: la efectividad para obtener los recursos se dio de la siguiente manera el 47.05% de los contactos de la red han sido muy efectivos o efectivos. El 47.05% medio efectivos o poco efectivos y el 5.9% considera que son poco o nada efectivos.

Las redes sociales del emprendedor son consideradas como un tipo especifico de relaciones que le unen a un grupo de individuos y a través de los cuales mediante procesos de negocio, puede acceder a recursos físicos o intangibles, que le proporcionan una ventaja a la hora de crear o sostener su empresa, en la medida que tome conciencia de su red y del tipo de recursos al que puede acceder a través de ella, ésta cobrara importancia y solo será efectiva si el emprendedor la conoce y la utiliza expresamente. No es lo mismo que el individuo posea un grupo amplio de relaciones a que posea una red social.
Fuente:
López Marín, Walevska; Montilla, Morelia y Girondo, Antonio.(2008) Empleo de la red social como alternativa para la obtención de recursos en el proceso de creación de empresas. Visión Gerencial-Año 2007-Nº 1. [Revista en línea], 110-125. Disponible en:
http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/4986 [Consulta: 2009, agosto 10]

Lectura de la revista Visión Gerencial

ANALISIS DE LA COMPETITIVIDAD COMO ELEMENTO DE SOSTENIBILIDAD Y EFICIENCIA EN LAS COOPERATIVAS AGRÍCOLAS

Actualmente todas las organizaciones enfrentan múltiples desafíos en un ambiente competitivo caracterizado por situaciones producto de la globalización y el deseo de permanecer y/o ganar nuevos mercados, lo que le exige optimizar procesos, desarrollar tecnologías, mejorar estrategias de mercado, así como contar con buenos sistemas de financiamiento y poseer recursos humanos calificados. Evidentemente de este entorno no escapan las asociaciones cooperativas que con la apertura económica, innovación tecnológica y concentración empresarial, deben adecuarse a las condiciones exigidas por el mercado para mantenerse.

Dentro del contexto de la economía social, las cooperativas son empresas que han surgido como una alternativa para solventar algunos problemas de carácter social (pobreza, desigualdad, desempleo, entre otros). En el plano agrícola nacen como una iniciativa de los productores para dar respuesta a necesidades que la lógica del mercado no resuelve. Dentro de las actividades se encuentran: la compra, la venta, distribución, transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la agricultura, su objetivo es la obtención de un mayor rendimiento de esta actividad y mejorar el nivel de vida rural integralmente.

Como organización, representan un mecanismo institucional para insertar a los pequeños productores en la economía nacional, pues facilitan el intercambio de bienes y servicios entre los sectores tradicionales de la economía permitiendo que estos de beneficien con la transferencia de tecnología.

Es importante señalar que en Venezuela, a pesar del incremento en la creación de este tipo de empresa, son evidentes los problemas comunes que enfrentan los productores agrícolas en el mercado, tales como: compra de insumos necesarios para los cultivos agrícolas, con el propósito de conseguir mejores precios mediante una demanda que refuerce la capacidad de negociación con los proveedores; la creación de mecanismos de crédito que permitan financiar tanto las inversiones de la propia cooperativa como las necesidades de las explotaciones de los socios; la planificación de sus producciones; el mejoramiento en la comercialización de sus productos para ofrecer al consumidor garantía y transparencia en su proceso; la construcción de acueductos, sistemas de riego, etc..

Para reforzar lo anterior, en lo que se refiere a infraestructura vial de las zonas agrícolas, investigaciones en el área han demostrado que la red principal que conecta las zonas de producción con las grandes ciudades se encuentran en condiciones medianamente accesibles, sin embargo las red secundaria presenta graves deterioros convirtiéndose en caminos de tierra, por lo que el productor agrícola se encuentra aislado. Esto trae como consecuencia el encarecimiento de los costos de traslado (fletes) haciendo difícil para las cooperativas la comercialización de su producción.

En este sentido es importante destacar que la sostenibilidad de las cooperativas serán posibles en la medida que reciban el apoyo del estado a través de planes que garanticen la construcción de obras de infraestructura física básica en los núcleos endógenos, con fin de favorecer el incremento de la productividad y eficiencia de los servicios desarrollados por las cooperativas, favorecer la contratación de obras con empresas cooperativas de la localidad generando empleo y dinamizando las economías locales.
Fuente:
Linares, Yuraima y Colmenares, Loira.(2008) Análisis de la competitividad como elemento de sostenibilidad y eficiencia en las cooperativas agrícolas. Visión Gerencial-Año 2007-Nº 1. [Revista en línea], 96-102. Disponible en:
http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/4986 [Consulta: 2009, agosto 07]

Lectura de la revista Visión Gerencial

ANALISIS COMPARATIVO DEL SISTEMA MICROFINANCIERO EN LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS PÚBLICAS Y PRIVADAS, BAJO LAS PERSPECTIVAS DE GLOBALIZACIÓN Y DESARROLLO ECONOMICO LOCAL

Actualmente, una porción significativa de la población se encuentra en estado de pobreza y con un reducido o casi nulo acceso a servicios financieros. Igualmente un segmento de microempresarios ven perjudicadas sus oportunidades de acceso a préstamos bancarios. Ante esta realidad las posibilidades de desarrollo para los más desprotegidos de una nación, son limitados, lo cual no garantiza un bienestar social y económico equilibrado.

Las actividades de microfinanciamiento podrían representar un alivio para la pobreza y una salida para los microempresarios que buscan nuevas oportunidades de desarrollo, aun cuando no es suficiente para impulsar el desarrollo económico, permite que la población de bajos recursos adquiera su activo inicial y utilicen su capital humano y productivo de manera más rentable.

Con el propósito de evaluar analizar y comparar la gestión de los programas crediticios que actualmente implementan las instituciones financieras (IF) en el caso especifico del Municipio Libertador del estado Mérida, un análisis del nivel de compromiso y el grado de sustentabilidad y operatividad de los programas crediticios evidencio que el aporte social de las IF a la población menos favorecida, ha sido débil, y se puede percibir como esfuerzos aislados de IF , las cuales no cumplen con objetivos de desarrollo comunes que permitan mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.

El estado ha jugado papel importante al procurar el marco legal que exige a las IF ofertar servicios microfinancieros con el interés de crear las bases regulatorias que permitan fortalecer y desarrollar el mercado de las microempresas, así mismo ha creado el Fondo de Desarrollo Microfinanciero (FDM) para asignar los recursos tanto a las IF públicas como privadas, que participan en estas actividades y de esta manera garantizar la gestión , sin embargo, el estudio revela que las exigencias del estado han sido manejadas a cabalidad pero no así los aportes económicos que debe asignar a todas las IF.

Al no haber los aportes por parte del FDM las IF privadas ofrecen el servicio con fondos propios, manejando estrategias cautelosas al momento de gestionar los programas de microfinanciamiento y las IF públicas gestionan los microcréditos mas por el impacto social y político que por los beneficios financieros, corriendo el riesgo de tener perdidas por no poder recuperar los créditos otorgados por no manejar seriamente estrategias que beneficien a la población tanto a corto como a largo plazo.

Esto no lleva a afirmar responsablemente, que el sistema microfinanciero presenta serias debilidades que impiden la ejecución eficiente y sustentable de programas crediticios para beneficiar a los sectores mas necesitados. No existe un consenso mancomunado entre las IF (publicas y privadas) para lograr objetivos comunes ya que las mismas siguen tendencias de desarrollo y conciben las microfinanzas con fines distintos.

Por otra parte, las deficiencias operativas de las IF públicas en la gestión de los microcreditos están ocasionando perdidas significativas al estado venezolano ya que los sectores que se benefician no retribuyen sus deudas y tampoco son sancionados, no lográndose ejecutar los proyectos de desarrollo que beneficien a la población, ya que no existen las condiciones adecuadas para promover microempresarios emprendedores, competitivos, responsables y comprometidos con el desarrollo del país.

Queda mucho por hacer, una recomendación básica para promover esta actividad, es excluir de la gestión de programas crediticios factores políticos que alteren el desarrollo eficiente de las microfinanzas. Los programas deben ir más allá del interés de gobierno, deben ser programas de carácter nacional prioritarios para Estado venezolano.
Fuente:
Benítez Uzcátegui, Sandra Lisdee y Delgado Barrios, Juan Carlos.(2008) Análisis comparativo del sistema microfinanciero en las instituciones financieras públicas y privadas, bajo las perspectivas de globalización y desarrollo económico local. Visión Gerencial-Año 2007-Nº 1. [Revista en línea], 254-270. Disponible en: http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/4986 [Consulta: 2009, julio 29]

Lectura de la revista Visión Gerencial

LA PERCEPCION DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL POR PARTE DEL CONSUMIDOR

Las personas actúan y toman decisiones sobre los productos y servicios que adquieren en función de las percepciones que tengan de éstos, de sus fabricantes y de sus distribuidores. A su vez, los consumidores forman parte de comunidades que muestran, cada vez más, mayor atención a los comportamientos de las empresas con relación al medio ambiente, producción limpia, reciclaje, abuso patronal, enriquecimiento de empresas sin contrapartida social, entre otros. En este sentido es evidente que las empresas deben tomar en cuenta la percepción del consumidor en cuanto a estos tópicos sociales a la hora de garantizar la rentabilidad de sus organizaciones.

Las empresas que asumen la RSE como filosofía de gestión, encontraran que su aplicación lejos de considerarse un gasto sin retorno alguno, se consolida como una inversión que en el mediano y largo plazo dará sus frutos, necesitan entonces, conocer las percepciones tanto positivas como negativas que los consumidores tienen de sus productos o servicios, para fortalecerlas, mejorarlas o tratar de cambiarlas para manifestar expresamente comportamientos socialmente responsables.

En este sentido, si se considera la posición del consumidor y las nuevas tendencias en sus hábitos de compra, dentro de las cuales toma gran importancia su percepción acerca del comportamiento socialmente responsable, las empresas deben reconsiderar su opinión al respecto. Las empresas que estén orientadas al consumidor, convencidas de que el mercado depende de que estos compren sus productos y/o servicios, tendrán que valorar la percepción de consumidor, en la cual se conjugaran valores del producto o servicio entre los que se cuenta las acciones socialmente demostradas por las empresas.

En síntesis, se puede prever que las empresas que se ocupen mejorar la percepción que los consumidores tienen de ellas, mediante actividades socialmente responsables, presentaran mas coordinación entre empresas y consumidores, satisfacción, lealtad, aumento de ventas, utilidades, aceptación social, reputación e imagen, buena comunicación con los grupos de interés y potenciación de valores empresariales. Así a largo plazo, pueden llegar a garantizar su crecimiento y sostenibilidad en el mercado.
Fuente:
León, Fátima.(2008) La percepción de la responsabilidad social empresarial por parte del consumidor. Visión Gerencial-Año 2007-Nº 1. [Revista en línea], 83-95. Disponible en: http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/4986 [Consulta: 2009, agosto 07]

Lectura de la revista Visión Gerencial

EL AGROTURISMO EN LOS MUNICIPIOS DE LA ZONA METROPOLITANA DE MERIDA.
REALIDAD Y POSIBILIDAES


El turismo, para muchos países constituye una actividad de importancia desde el punto de vista económico por su capacidad para generar actividades conexas y complementarias de tipo productivo, divisas, además de empleo directo e indirecto. Venezuela dada su característica de país petrolero ha dedicado todos sus esfuerzos hacia la explotación del petróleo, descuidando el turismo, pues no ha tenido el apoyo real y efectivo del sector gubernamental. Si bien se han aprobado leyes, ha faltado mayor interés y disposición para planes estratégicos que redunden en el beneficio del sector.

La zona metropolitana de Mérida, objeto de este análisis, esta constituida por los municipios Libertador, Santos Marquina, Campo Elías, y Sucre, localizada en la cordillera de Mérida, específicamente en la parte central de los Andes venezolano, entre sus dos ejes mayores: La Sierra Nevada, al sur y la Sierra de la Culata al Norte; las riquezas naturales y culturales, la ubicación, el clima, las características geográficas con que cuenta el estado lo convierten en unos de los principales destinos turísticos del país, pues cuenta con excelentes atractivos naturales e infraestructura hotelera, el teleférico mas alto y largo del mundo, además de sus montañas únicas en el país con nieve perpetua.

Actualmente la mayor oferta esta dirigida al mercado del descanso y contemplación, el soft adventure, el trekking, la pesca de la trucha, los deportes extremos, observación de aves, sin contar con que, es uno de los grandes centros culturales, artesanales y universitarios del país. El alcance de la agricultura en la economía del estado es muy elevado lo que justifica la necesidad de programas dirigidos a garantizar la sustentabilidad de la producción.

La diversificación de las actividades agrícolas pudiera formar parte de estos programas que, conjuntamente con una política de apoyo a la diversificación de las actividades del sector, podría elevar el valor de la economía agrícola del país. El agroturismo es una alternativa del uso del suelo y su entorno. El interés por el turismo en el medio rural puede tener acogida en los productores, porque ocupa factores de la producción ociosos, como la mano de obra y el capital, a la vez que genera ingresos y empleo.

Hasta ahora el agroturismo no es una alternativa de diversificación productiva en el país, los que existen corresponden a iniciativas privadas de personas emprendedoras motivadas en parte, por la experiencia exitosa de otros países.

La oferta de agroturismo en la Zona Metropolitana de Mérida es de 16 establecimientos: 6 en el Libertador, 7 en Santos Marquina, y 3 en Campo Elías, el agroturismo se nos presenta, como un producto novedoso en el sector turístico de la región poco explotado, que ofrece no solo oportunidades a los habitantes de las zonas, sino que diversifica la oferta turística de un país y colabora en la conservación del patrimonio natural y cultural de las regiones. Además puede contar con un amplio mercado debido a que los habitantes de las grandes ciudades contaminadas, cada vez buscan más, pasar sus vacaciones en estrecho contacto con la naturaleza, lejos del bullicio de la ciudad. Esto hay que aprovecharlo y desarrollarlo, exigiendo actores responsables tanto públicos como privados, en el marco de una estrategia de desarrollo turístico regional, para que las comunidades rurales puedan captar las nuevas oportunidades económicas que les brinda el turismo y tomen conciencia de su importancia.

Para concluir, podemos decir que para poder prestar servicio de calidad es necesario tener formación y experiencia; si se tiene como premisa la preparación y la formación como prioridad fundamental para el desarrollo correcto de la actividad turística, ¡¡Ya la mitad del camino esta recorrido!!...
Fuente:
Duque Brito, Ahide.(2008) El agroturismo en los municipios de la Zona Metropolitana de Mérida. Visión Gerencial-Año 2007-Nº 1. [Revista en línea], 59-82. Disponible en:
http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/4986 [Consulta: 2009, agosto 07]

Lectura de la revista Visión Gerencial

LA SERVUCCIÓN Y LA CALIDAD EN LA FABRICACION DEL SERVICIO.

En el mundo empresarial y específicamente al tratar temas de gerencia, existe un convencimiento generalizado acerca de las bondades que genera el hecho de poner énfasis en la calidad como resultante dela complejidad de un sistema de fabricación de servicios. La exaltación de la calidad de los servicios, es lo que hace de la servucciòn la característica diferencial cada vez mas importante para la supervivencia de las empresas de servicio cualquiera sea su naturaleza y su ámbito de administración, es decir, publicas o privadas.

La servucción en la empresa de servicios es la organización sistemática y coherente de todos los elementos físicos y humanos de la relación cliente–empresa, necesaria para prestación de un servicio bajo indicadores de calidad del servicio. Entre los elementos de este sistema de servucciòn se encuentran:
- El cliente: consumidor implicado en la fabricación del servicio.
- El soporte físico: material.
- El personal en contacto: persona en contacto directo con el cliente.
- El servicio: constituye beneficio que debe satisfacer la necesidad del cliente
- El sistema de organización interna: funciones clásicas de la empresa.

Aparentemente, el servicio puede parecer intangible, pero es necesario determinar parámetros de medida claros que aluden elementos tangibles, como referencia para lograr resultados, satisfacer al cliente y propiciar una mejora continua. En este sentido toda organización tienen que adoptar un sistema de gestión que incluya los elementos tangibles y no tangibles para poder evaluar los procesos involucrados en la fabricación de los servicios.

Todo ente prestador de servicio debe crear una metodología propia, operativa, sencilla y fiable para evaluar el servicio, considerando sus propios requerimientos en los cuales debe prevalecer la consideración a los aspectos medibles en relación con el cliente. Que pueden ser: la estadística, los tiempos promedios, niveles de ocurrencia de eventos, tendencias y proyecciones entre otras.

En lo que respecta al campo venezolano, el IESA en un estudio exploratorio a 59 empresas en los sectores de seguros, telecomunicaciones, banca, defensa, salud, educación entre otras, arrojó que 50 empresas consideraron que sus organizaciones ofrecían un servicio superior al de sus competidores, contando con índices de evaluación de la productividad, indicadores de medición de calidad e indicadores de medición de satisfacción del cliente lo que les permite medir la gestión de la calidad de los servicios. A medida que las organizaciones enfrentan las exigencias crecientes de sus clientes, en esa medida sus competidores mejoran sus ofertas de servicio como respuesta a la creciente calificación de los usuarios, así mismo la oferta de tecnología brinda nuevas herramientas, lo que hace que se multiplique el esfuerzo para mantener y mejorar la posición en el mercado emprendiendo procesos constantes de innovación.
Habría que preguntarse si las organizaciones que no están signadas por la lógica de mercado sino por la lógica de la economía social, como las cooperativas, se anotarían en la gestión de la calidad de servicio?

Como respuesta válida a esta interrogante, pienso que dependerá de ellas y del dinamismo que le impriman al resto de la economía. Implementando mecanismos que generen capacidad para incrementar su patrimonio como la base de sostenimiento de la democratización de sus medios de producción. En el mundo se habla de la problemática del financiamiento y la capitalización de las cooperativas, y no por moda, sino porque es uno de los nudos mas fuertes que hay que desatar, porque esta en juego la viabilidad de éstas sin perder su identidad y sin perder la naturaleza básica de las acciones con las cuales se fundaron.
Fuente:
Briceño de Gómez, María Ysabel y García de Berrios, Omaira. (2008) La servucción y la calidad
en la fabricación del servicio. Visión Gerencial-Año 2007-Nº 1. [Revista en línea], 373-384. Disponible en:
http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/4986 [Consulta: 2009, agosto 07]

Lectura de la revista Visión Gerencial

OBLIGACIONES LEGALES DE LAS EMPRESAS
SU IMPORTANCIA EN EL CAMPO DE LA ADIMINISTRACION


Tradicionalmente las empresas en Venezuela comienzan a funcionar en el mundo comercial y empresarial, sin estar legalmente constituidas, es decir operan de hecho mas no de derecho, cumplen vagamente con sus obligaciones y no cancelan al estado venezolano los respectivos tributos y aranceles judiciales. El estado actualmente lleva a cabo una profunda reforma fiscal, que se evidencia en la modificación del código orgánico tributario y el establecimiento de nuevas políticas fiscales. Las obligaciones legales de las empresas están previstas en primer lugar, en la Constitución de la Republica Bolivariana, como norma suprema por excelencia, el Código de Comercio, el Código Orgánico Tributario, Ley Orgánica del Trabajo, ley de Impuesto Sobre la Renta y Valor Agregado, Leyes en materia de Seguridad Social entre otras.

Las obligaciones legales de acuerdo a lo anterior pueden ser iniciales y sobrevenidas, a continuación un breve esbozo de las obligaciones de las empresas, sanciones derivadas del incumplimiento.

Obligaciones Iniciales: son aquellas que todo comerciante debe cumplir para poder comenzar a realizar actos de comercio. A saber:
- El registro de comercio
- La contabilidad mercantil, a través de los libros obligatorios(diario, mayor, inventario) mas lo adicionales en caso de Compañías Anónimas, y Sociedades de Responsabilidad Limitada, como son Libro de Accionistas, Libro de Socios, Libro de Actas de Asambleas, Libro de Junta de Administradores.
- Publicación del documento constitutivo.

Sanciones: En el caso de incumplimiento de las obligaciones iniciales las sanciones van desde multas de Bs. 500 por omitir hacer el de registro de comercio, hasta multas que van desde 25UT hasta 100UT por no llevar los libros obligatorios.

Obligaciones sobrevenidas: para poder comenzar la empresa a realizar los actos de comercio de manera correcta, apegados al ordenamiento jurídico nacional requieren una vez de haber cumplido con todas las obligaciones iniciales, cumplir con otras que se originan a l momento de ejercer actos de comercio o bien a lo largo de la vida del comerciante entre las cuales se pueden citar:
- Obligaciones derivadas de la relación de trabajo relacionadas con: contratación de personal; salario; retenciones al salario; vacaciones; participación de los trabajadores en las utilidades; finalización de la relación de trabajo; prestación de antigüedad.
- Obligaciones legales en el ámbito tributario: identificación tributaria, principales tributos que afectan la actividad de la empresa (ISLR,IVA,IDB e impuestos municipales)

Sanciones: la Ley Orgánica del Trabajo y su reglamento así como el Código Orgánico Tributario establece las sanciones pertinentes, que en materia de trabajo y tributaria incumplan las empresas producto de sus actos de comercio.

El ordenamiento jurídico constituye el marco de obligatoria referencia al cual deben acudir los administradores en el momento de tomar decisiones, con la finalidad de que las mismas sean seleccionadas de manera correcta, apegadas a derecho, más aun si la decisión implica comprometer a la empresa en un desembolso económico importante.
La toma de decisiones es la selección de un curso de acción entre varias alternativas, los administradores deben escoger con base a una racionalidad limitada, es decir, deben contar con la información y la capacidad para analizar y evaluar alternativas a la luz de la meta deseada, escogiendo la alternativa que satisfaga de un modo más eficaz el logro de la meta, sin olvidar el marco jurídico al cual deben acogerse.
Fuente:
Obando Uzcátegui, Laura Angelina. (2008) Obligaciones legales de las empresas Su importancia en el campo de la Administración. Visión Gerencial-Año 2007-Nº2. [Revista en línea], 385-402. Disponible en: http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/26660 [Consulta: 2009, agosto 07]

martes, 18 de agosto de 2009

Lectura de la revista Visión Gerencial

ACTITUD DEL ACADEMICO HACIA LA PROMOCION DE LA LEY DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO.


Tomando como premisa el enunciado que se postula dentro del marco ideológico y/o legal que tiene como garante al Estado en lo que se refiere a la formación del perfil de los ciudadanos tanto a nivel cultural, laboral y productivo, como en la educación ciudadana y familiar, condición puntual requerida para la conformación del tejido social, podemos señalar que la concepción del profesional académico en el marco social, debería conformar la clave fundamental para el diseño de un modelo educativo significativo, cónsono con la realidad sociocultural de los miembros de cada comunidad.

El estudio que nos ocupa, describe al vínculo existente entre los atributos que deben caracterizar al académico, en su actitud frente a su práctica pedagógica, y la participación comunitaria.
Bajo esta consideración la población, objeto de estudio quedo comprendida por los académicos que imparten clases en la universidad Simón Bolívar, sede Litoral. Tomando una muestra aleatoria representada por los académicos que ejercen funciones en ciencias sociales.

Los resultados no fueron muy alentadores, a continuación los más relevantes:

- El 41% de los académicos no participó en actividades extra cátedra relacionada con su desempeño.
- El 66% de l os académicos participa exclusivamente en actividades de talleres, cursos y charlas.
- La capacitación y actualización delos académicos se produce por iniciativa propia y por aquellas propuestas de los organismos oficiales.
- El 63% de los académicos se han desempeñado durante 11 y 22 años lo que evidencia vasta experiencia en el campo educativo, pero al mismo tiempo puede considerase deficiente por no observar él vinculo entre la práctica pedagógica como evidencia del desarrollo social.
- El 93% no desempeñan su rol como agentes de cambio pues no hay inherencia en los problemas de la comunidad.
- Los académicos desconocen en un 60% la ley de servicio comunitario.

Estos resultados nos confirman la irrelevante posición que ocupa actualmente el académico en el ámbito social y su débil actitud frente a las responsabilidades que se le asignan.

El aprendizaje y servicio comunitario no es una actividad extra programática por el contrario, un proyecto que este bien planificado apunta a que los estudiantes aprendan más contenidos científicos, desarrollen más competencias lingüísticas y, en general aprendan más de lo que hubieran aprendido por las vías tradicionales. Se trata de formar individuos participativos y solidarios, y simultáneamente desarrollar una metodología motivadora para la aplicación de los conocimientos adquiridos en las distintas asignaturas y para el desarrollo de nuevos conocimientos y competencias. En el contexto de crisis socio-económicas, los proyectos de aprendizaje y servicio comunitario son una herramienta particularmente importante para la formación integral de los estudiantes, sea cual fuera su situación social. No olvidemos esto!

Hoy mas que nunca las instituciones educativas deben plantearse cual es su aporte para educar al individuo. Así como hoy ya no concebimos una buena institución sin un patio y un laboratorio, es necesario que las instituciones educativas tengan establecido en que espacios comunitarios sus estudiantes pueden desarrollar su practica de formación para la ciudadanía y la conciencia fraterna.

Fuente:
Martins, Filiberto, Cabeza, María ,Cammaroto, Agatina y Neris, Luz. (2008) Actitud del académico hacia la promoción de la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante. Visión Gerencial-Año 2007-Nº2. [Revista en línea], 373-384. Disponible en: http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/26660 [Consulta: 2009, agosto 07]

Lectura de la revista Visión Gerencial

LA PARTICIPACION DE LOS ACTORES COMO ESTRATEGIA DE DESARROLLO: ASENTAMIENTO SAN BENITO ESTADO TRUJILLO.


El desarrollo local se concibe como la ejecución de un conjunto de acciones orientados sobre ejes relacionados con la reestructuración socioeconómica, la organización empresarial, la introducción de procesos de innovación y desarrollo tecnológico y la generación de nuevas fuentes de empleo; las cuales deben surgir desde el territorio para elevar la calidad de vida de la población. Entendiendo como actores también llamados agentes, operadores interventores o participantes aquellos que agrupados de acuerdo a con las actividades que realicen, planifican las políticas de desarrollo local, en un contexto territorial y temporal.
La investigación objeto de análisis esta referida al Asentamiento Campesino San Benito ubicado en la Ceiba estado Trujillo conformado por 50 productores, con una superficie de 480 hectáreas, dedicadas al cultivo de plátano, cambur, lechosa, guayaba, yuca y ají. En donde la producción es tradicional y netamente artesanal, bajo el esquema de producción por encargo, lo que significa que la producción se realiza en unidades heterogéneas, con un proceso poco estandarizado y automatizado, requiriendo de mano de obra intensiva, dificultando la realización de previsiones productivas.
El estudio a nivel técnico y de los productores evidenció que los agricultores presentaron problemas de organización y rentabilidad específicamente en términos de disponibilidad de materia prima e insumos, altos costos de producción, insuficientes recursos financieros y problemas de tenencia de tierras, sin contar con los inconvenientes relacionados con la comercialización debido a la ausencia de sistemas novedosos que permitan colocar los productos en condiciones competitivas en los mercados ya que parte de la producción se destina al consumo local y la otra se negocia en condiciones poco ventajosas con los intermediarios para su colocación.
Con respecto a la parte técnica igualmente se evidencio deficiencias de asistencia orientada a introducir innovaciones tecnológicas que promuevan la transformación de la organización del proceso productivo y empresarial sobre la base de la modernización de los sistemas productivos locales, aun cuando los productores lograron convenios de asistencia técnica con el CIARA ( fundación de capacitación e Innovación para apoyar la Revolución Agraria) que planteaba el dictado de talleres en materia de capacitación sobre el papel del gerente comunitario. Los resultados no fueron los esperados.
Para concluir, podemos afirmar que aun cuando por iniciativa de los actores de la zona se intentó emprender un proceso de desarrollo local, este no ha logrado concretarse, por distintas razones entre las que podemos mencionar:
- No se fundamentaron los ejes estratégicos de desarrollo local.
- No se establecieron metas viables, ni se solucionaron los principales problemas de la comunidad.
- No se fomento una visión compartida del desarrollo para convertir a los agentes en actores estratégicos del proceso.

Para fortalecer el capital y el programa de desarrollo social no solo basta la buena intención, hay que canalizar los niveles de participación social. Planificando, ejecutando, y evaluando los planes de desarrollo con la presencia permanente de programas de asistencia técnica, que permitan documentarse lo suficiente para poder lograr los resultados planeados en su localidad.

Fuente:
García Lobo, Ligia Nathalie, Castellanos Villegas, Geovanny Gregorio y Quintero Rizzuto, María Liliana. (2008) La participación de los actores como estrategia de desarrollo: Asentamiento San Benito,estado Trujillo, Venezuela. Visión Gerencial-Año 2007-Nº2. [Revista en línea], 333-344. Disponible en: http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/26660 [Consulta: 2009, agosto 07]

domingo, 9 de agosto de 2009

Lectura de la revista Visión Gerencial

ESTRATEGIAS EMPRESARIALES EN INVERSORA DEL SECTOR PETROQUÍMICO

La globalización de los mercados y los avances tecnológicos exige de las empresas, estrategias para competir y mantenerse en el mercado, una de ellas corresponde al mercado de capitales ya que representa un medio fundamental para el crecimiento de las empresas, este ofrece a los inversionistas individuales y empresas diversos tipos de títulos valores para diversificar sus inversiones ajustándose a las preferencias de riesgo y rendimiento esperado. El caso que nos ocupa se halla en explorar el proceso de estrategias empresariales de una empresa inversora del sector petroquímico denominada Grupo Zuliano C.A (GZ) constituida en 1970 el cual negocia sus acciones públicamente en la bolsa de valores de Caracas y dentro de sus estrategias ha mantenido asociaciones de negocios con la Industria Petroquímica de Venezuela (Pequiven) lo que le ha permitido desarrollarse como el mayor inversionista privado en el sector petroquímico del país.
De acuerdo al informe presentado por la junta directiva 1994, GZ se había comportado como un negocio rentable y con extraordinarias posibilidades de crecimiento y expansión, pero es a partir del ejercicio económico finalizado en febrero de 1994 cuando los resultados se han convertido en negativos por efecto de la delicada situación económica por las que atraviesa el país, además de la reducción de los precios del petróleo y de los productos petroquímicos a nivel internacional, a pesar de los esfuerzos realizados por la gerencia para mejorar la salud administrativa de la empresa, como restructuración de pasivos, programas de desinversión, modernización de los sistemas de información, entre otras, con el fin de mantener la misión que es fundamentalmente garantizar la retribución adecuada a los accionistas. En tal sentido GZ inicia un proceso de cambios en la estructura estatutarias de la empresa que tuvo dos momentos claves: el primero fue convertirse en agosto de 1992 en una sociedad anónima de capital abierto (SA CA) elevando su capital a 4100 millones de bolívares y el valor nominal de cada acción a Bs. 10 con el propósito de mejorar su liquidez en el mercado de capitales. La segunda fue en septiembre de 1993 cuando se unificaron las acciones del GZ en un solo tipo y con derechos iguales para todos los accionistas para lograr una efectiva apertura. Esto no le ha permitido generar suficiente utilidad para cumplir con los compromisos, solo ha podido mantener el valor del patrimonio neto de los últimos once años. Es partir del 2004 que se inicia la recuperación de las utilidades, debido al incremento en la demanda nacional y mejoras en los márgenes de comercialización.
Para finalizar podemos mencionar que las estrategias empresariales centran la atención en fortalecer las ventajas comparativas y racionalizar los costos como una vía para proteger y ampliar su mercado, con el propósito de obtener la máxima rentabilidad. Uno de los principales factores estratégicos que GZ ha mantenido es la asociación con Pequiven proveedor de materia prima para la industria petroquímica lo que le ha permitido desarrollarse como el mayor inversionista privado en el sector petroquímico de Venezuela.
Dadas las oportunidades que está ofreciendo el estado venezolano GZ se prepara hoy para afrontar el gran reto de definir su programa de crecimiento dentro de un ambiente petroquímico y económico muy diferente aparentemente en crecimiento , donde se observa una recuperación de las capacidades instaladas y apoyo por parte del estado, cuya participación en las empresas mixtas no es mayor al 10% con un escenario político-económico incierto y en que además la gerencia de la empresa requiere recuperar la confianza de los pequeños inversionistas privados.
Fuente:
Añez, Silenis, Gómez, Oda y Urdaneta, Mary.(2008) Estrategias empresariales en inversora del sector petroquímico. Visión Gerencial-Año 2007-Nº2. [Revista en línea], 237-253. Disponible en: http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/26660 [Consulta: 2009, Julio 29]